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Retención de ISR en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

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Bienvenido a esta guía completa sobre la retención de ISR en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Este régimen fiscal fue introducido en México con el objetivo de simplificar las obligaciones fiscales para los contribuyentes con ingresos moderados y fomentar la formalización de actividades económicas. En esta guía, exploraremos en detalle el concepto de retención del ISR al 1.25%, una disposición clave para los contribuyentes en el RESICO que buscan cumplir con sus obligaciones fiscales de forma ágil y eficiente.

Conoceremos en profundidad los aspectos esenciales de las retenciones de ISR y de IVA en este régimen, quiénes deben aplicarlas, cómo se calculan, y cuáles son las deducciones que pueden realizar tanto personas físicas como personas morales bajo el RESICO. Si perteneces a este régimen o tienes interés en entender mejor cómo funciona, aquí encontrarás toda la información relevante para cumplir correctamente con estas disposiciones fiscales.

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¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y a quién aplica?

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es una modalidad fiscal implementada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para reducir la carga administrativa de contribuyentes con ingresos menores a ciertos límites anuales, facilitando así el pago de impuestos. Este régimen permite a los contribuyentes calcular el ISR de manera más sencilla, aplicando tasas impositivas reducidas y considerando solo los ingresos efectivamente percibidos. A diferencia de otros regímenes fiscales, el RESICO incentiva el cumplimiento al ofrecer una menor carga tributaria y un cálculo más simple.

Este régimen aplica a personas físicas con actividad empresarial y ciertas personas morales, como sociedades que cumplan con los límites de ingresos establecidos por la ley. Para las personas físicas, este régimen es ideal para quienes tienen actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento. A las personas morales, el régimen permite tributar de manera simplificada, siempre y cuando sus ingresos anuales no superen los límites establecidos por el SAT. Gracias a sus características, el RESICO se ha convertido en una opción atractiva para pequeños empresarios y profesionales que buscan facilitar sus obligaciones fiscales.

Retención de ISR en el RESICO: ¿Por qué se aplica el 1.25%?

La retención de ISR en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) al 1.25% es una disposición fiscal aplicada a los ingresos que los contribuyentes de este régimen perciben de personas morales. Esta tasa del 1.25% se retiene específicamente para simplificar el cumplimiento fiscal y asegurar la contribución oportuna de los ingresos tributarios. Cuando una persona moral realiza un pago a una persona física inscrita en el RESICO, la ley establece que dicha persona moral debe retener el 1.25% de ISR sobre ese pago. Esta retención se fundamenta en el Artículo 113-J de la Ley del Impuesto sobre la Renta, donde se establece que la retención de ISR busca facilitar la recaudación y evitar la evasión fiscal en operaciones entre personas físicas y morales.

Es importante destacar que, aunque la tasa de retención del 1.25% es baja comparada con otros regímenes, la retención es obligatoria y se debe reflejar en el CFDI correspondiente. El cumplimiento con esta retención es esencial para que los contribuyentes del RESICO puedan deducir estos ingresos adecuadamente y evitar sanciones. De esta manera, el 1.25% de retención de ISR asegura que las personas físicas bajo este régimen cumplan con sus obligaciones de una forma simplificada, reduciendo al mínimo los trámites y cálculos necesarios.

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Guía de Deducciones y Retenciones de IVA en el RESICO

Para quienes tributan en el RESICO, es fundamental comprender cómo aplicar las deducciones permitidas y calcular correctamente las retenciones de ISR e IVA cuando corresponda. La correcta aplicación de deducciones y retenciones en este régimen no solo ayuda a cumplir con las normativas, sino que también permite una mejor gestión de los ingresos y egresos de cada contribuyente.

Deducciones para Personas Físicas en el RESICO

Las personas físicas que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza tienen derecho a realizar ciertas deducciones que les permiten reducir la base imponible de su ISR, siempre que estas deducciones cumplan con los requisitos fiscales. Es decir, los gastos deben estar relacionados directamente con la actividad generadora de ingresos del contribuyente, como gastos de operación, insumos o servicios necesarios para la actividad económica. Además, cada gasto debe estar respaldado por un comprobante fiscal digital (CFDI) que cumpla con todos los requisitos fiscales, asegurando así que las deducciones se efectúen de acuerdo con la normativa aplicable.

Las deducciones en el RESICO permiten a las personas físicas optimizar sus finanzas y solo tributar sobre los ingresos netos, siempre y cuando cada deducción esté debidamente justificada. Entre los gastos deducibles se incluyen los relacionados con servicios de transporte, servicios administrativos y costos directos de producción o ventas. Este beneficio es una ventaja significativa para los contribuyentes, ya que pueden mantener el control sobre sus ingresos gravables de manera simplificada.

Retención de IVA en Transacciones RESICO

En el Régimen Simplificado de Confianza, la retención de IVA es obligatoria en ciertas transacciones, especialmente en aquellas en las que una persona física emite un CFDI de ingresos a una persona moral. En estos casos, la persona moral debe realizar la retención del IVA conforme a la normativa vigente. Esta retención es una de las obligaciones esenciales que se debe cumplir en las operaciones comerciales entre personas físicas y morales bajo el RESICO.

El monto de la retención de IVA varía según el tipo de transacción y el tipo de contribuyente. Para que la retención de IVA sea válida, es necesario que tanto la persona física como la persona moral estén registrados correctamente ante el SAT y que la transacción se documente mediante un CFDI que refleje las retenciones aplicables. Al cumplir con esta obligación, se facilita el cumplimiento fiscal de ambas partes y se asegura la correcta contribución tributaria según las disposiciones del SAT.

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